Jueves 25 abril 2024 13:37

¿En qué casos serán penalizadas las Declaraciones Juradas?

¿En qué casos serán penalizadas las Declaraciones Juradas?
Ambas Cámaras del Congreso aceptaron el veto parcial del presidente de la República en la polémica ley que buscaba despenalizar las omisiones en las declaraciones juradas de funcionarios.

El proyecto de la referida normativa pretendía eliminar la facultad de la Contraloría General de la República (CGR) de denunciar ante el Ministerio Público los errores y las omisiones voluntarias, así como dejar abierto el plazo de corrección del documento.

 


 

En la jornada de ayer, la Cámara de Senadores concretó el archivo de las modificaciones y sancionó la parte no objetada de la propuesta. Ya la semana pasada ocurrió lo mismo en la Cámara de Diputados. 

De esta manera, se mantiene vigente el artículo original que establece: “Si surgían indicios de que la omisión o error fuere con dolo imputable al denunciante, la Contraloría General de la República denunciará este hecho al Ministerio Público o la autoridad jurisdiccional correspondiente”.

No todo error en las declaraciones será punible, sino aquellos que presentes una omisión muy alevosa. También se otorga a cada funcionario 30 días hábiles para presentar una rectificación en el caso de una “equivocación”.

Además, se eliminó la obligación de las personas jurídicas y empresas privadas (nacionales o extranjeras) de presentar declaraciones juradas para ser oferentes del Estado. 
 

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